PROTECCIÓN DE DATOS

Por: AIG Calidad y Medio Ambiente, S.L.  21/01/2010
Palabras clave: Consultores, Consultoria, Ambiente

Cualquier empresa, autónomo o entidad, debe cumplir con los requerimientos de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.), de tal manera que se garantice tanto la protección de los datos personales internos, como los que se almacenan o gestionan procedentes de terceros.

El capitulo dedicado a sanciones e infracciones, es lo que más impone de la L.O.P.D. Es aquí donde hay que pararse a reflexionar más seriamente sobre si merece la pena o no establecer un sistema legal de protección de datos en cada una de las empresas afectadas por la Ley.

  1. Infracciones Leves: multa entre 601,01 euros y 60.101,21 euros.
  2. Infracciones Graves: multa entre 60.101,21 euros y 300.506,05 euros.
  3. Infracciones Muy Graves: multa entre 300.506,05 euros y 601.012,10 euros.

La L.O.P.D., vigente de obligado cumplimiento, exige que todos aquellos que en el ejercicio de su actividad utilicen datos de carácter personal de terceras personas, lleven a cabo determinadas actuaciones administrativas para utilizar los datos de forma responsable y segura, y de esta forma cumplir con la normativa exigida y evitar las duras sanciones mencionadas.

Palabras clave: Ambiente, Consultores, Consultoria, Proteccion Datos, Proteccion De Datos, Protección De Datos, Protección De Datos De Carácter Personal

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